La FCC califica las decisiones de SC e IHC sobre la demolición de restaurantes en Margalla Hills como “grave error judicial”
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ISLAMABAD: El Tribunal Constitucional Federal (FCC) dictaminó el miércoles que las decisiones anteriores de la Corte Suprema (SC) y del Tribunal Superior de Islamabad (IHC) que llevaron a la demolición del restaurante Monal y otros establecimientos comerciales dentro del Parque Nacional Margalla Hills (MHNP) constituyeron una transgresión excepcional del poder judicial, lo que resultó en un “grave error judicial”.
ISLAMABAD: El Tribunal Constitucional Federal (FCC) dictaminó el miércoles que las decisiones anteriores de la Corte Suprema (SC) y del Tribunal Superior de Islamabad (IHC) que llevaron a la demolición del restaurante Monal y otros establecimientos comerciales dentro del Parque Nacional Margalla Hills (MHNP) constituyeron una transgresión excepcional del poder judicial, lo que resultó en un “grave error judicial”.
El SC había ordenado el cierre de Monal y del restaurante adyacente La Montaña el 21 de agosto de 2024, y fueron cerrados el mes siguiente para proteger la biodiversidad del parque.
En poco tiempo, un banco de tres miembros de la FCC encabezado por el juez Syed Hasan Azhar Rizvi aceptó las peticiones de revisión presentadas por la Autoridad de Desarrollo de Capital (CDA) y la Corporación Metropolitana de Islamabad (MCI), impugnando la directiva del SC del 21 de agosto de 2024.
En esa orden, se sostuvo que cualquier arrendamiento, licencia, asignación o permiso otorgado para operaciones de restaurantes dentro del MHNP protegido era contrario a la Ordenanza (Protección, Preservación y Gestión) de Vida Silvestre de Islamabad de 1979 y, por lo tanto, no tenía efecto legal.
La sentencia finalmente allanó el camino para el cierre de los restaurantes Monal, La Montaña y Gloria Jeans, cuyas infraestructuras fueron posteriormente demolidas para proteger la biodiversidad del parque.
El tribunal, integrado también por los jueces Aamer Farooq y Syed Arshad Hussain Shah, sostuvo que las cuestiones relativas al derecho o la propiedad del sitio del restaurante, su entrega al Grupo de Empresas Monal en concepto de arrendamiento y la recuperación del alquiler, etc., implicaban "cuestiones de hecho controvertidas que requerían una decisión por parte del tribunal civil competente".
La orden corta también dejó de lado la conclusión del SC de que cualquier arrendamiento, licencia, asignación o permiso otorgado por cualquier departamento o autoridad, incluida la CDA, para la operación de restaurantes dentro del parque era contrario a la Ordenanza de Vida Silvestre.
La FCC sostuvo que el MHNP formaba parte integral del Territorio de la Capital Islamabad (ICT) y, por lo tanto, estaba sujeto a las leyes, normas y reglamentos aplicables a la capital federal. En consecuencia, la aprobación de cualquier plan de construcción o actividad de construcción para un propósito público dentro del MHNP cae dentro de la jurisdicción estatutaria de la CDA, enfatizó.
En consecuencia, el tribunal dictaminó que las conclusiones del 21 de agosto de 2024, que establecían que la Junta de Gestión de la Vida Silvestre de Islamabad (IWMB) tenía derecho a retirar el alquiler depositado por el demandado para la preservación, conservación y gestión adecuada del MHNP, y que la junta podía emitir licencias para regular ciertas actividades dentro del parque, eran contrarias a la ley y, por lo tanto, anuladas.
Como resultado, todos los asuntos relacionados con la administración del MHNP debían ser regulados por la CDA estrictamente de acuerdo con las leyes, normas y reglamentos aplicables, según la orden corta.
La FCC explicó que, dado que se derogó la ordenanza de 1979, la Junta de Conservación de la Naturaleza y Gestión de la Vida Silvestre, constituida en virtud del artículo 3 de la Ley de Conservación de la Naturaleza y Gestión de la Vida Silvestre de Islamabad de 2024, era responsable de implementar las disposiciones de la ley. Estas incluyeron garantizar que la construcción de casas de descanso, hoteles y otros edificios para el público dentro del MHNP cumpla con las leyes pertinentes.
La FCC dijo además que la IHC también perdió de vista la situación legal y dictó una sentencia que causó “un grave error judicial y, por lo tanto, no es sostenible bajo la ley”.
El tribunal ordenó que el tribunal civil en cuestión se ocupara de las demandas consolidándolas y procediendo desde la etapa en la que se encontraban anteriormente.
Sin embargo, los demandantes en esas demandas, en cualquier momento apropiado, podrían presentar una nueva solicitud de medidas provisionales con respecto a los bienes objeto de las demandas ante el tribunal de primera instancia. Cuando se presenten, se decidirán de conformidad con la ley sin verse influenciados por ninguna de las sentencias u órdenes dictadas por el SC, IHC, el juez de distrito Islamabad u otros. Tras la determinación de estas solicitudes, el tribunal civil procederá a decidir las demandas consolidadas rápidamente por sus propios méritos después de brindar a las partes oportunidades iguales, justas y adecuadas para presentar sus respectivas pruebas, dictaminó la FCC.
En sus conclusiones, el tribunal dijo que una vez revisada la sentencia del TS, toda sentencia consecuencial o derivada fundada en la inclusión de la sentencia de revisión “no puede sobrevivir de forma independiente y también debe decaer”.
La FCC lamentó que en el curso de la decisión de procedimientos interlocutorios surgidos de demandas civiles pendientes, se registraran conclusiones de carácter final y concluyente por parte de la SC sobre cuestiones que propiamente caían dentro del dominio exclusivo del tribunal civil.
Esas conclusiones, dijo, no sólo prejuzgaron las disputas pendientes ante el tribunal civil, sino que también afectaron negativamente los derechos y responsabilidades de “varias personas que no fueron partes en el proceso ni tuvieron la oportunidad de ser escuchadas” según el mandato del Artículo 10-A de la Constitución (el derecho a un juicio justo).
“Normalmente no se puede permitir que una sentencia que afecta los derechos de personas que no han sido escuchadas alcance firmeza simplemente porque ha sido pronunciada por el tribunal más alto”, dictaminó la FCC.
Enfatizó que el deber de corregir un error era “una obligación impuesta a todo juez” por el juramento prestado al asumir el cargo judicial de preservar, proteger y defender la Constitución.
"El poder de rectificar un error manifiesto no depende de la existencia de una norma procesal habilitante; más bien, es inherente a la función misma del tribunal", afirmó la FCC. “Siempre que un error ha ocasionado una injusticia, no está simplemente dentro de la autoridad del tribunal, sino que es su deber ineludible corregirlo, porque la administración de justicia no puede permitir que una ilegalidad o injusticia manifiesta persista simplemente debido a limitaciones procesales”.
El tribunal señaló que "no se puede permitir que las reglas de procedimiento, los tecnicismos o las formalidades procesales obstruyan la administración de justicia. La ley debe doblarse en ayuda de la justicia".
Detalles del caso
En su orden anterior, el SC había ordenado que las entradas al área donde se establecieron los restaurantes debían ser barricadas, después de lo cual la infraestructura sería demolida, con una mínima perturbación para la vida silvestre y evitando daños a los árboles del parque nacional.
Anteriormente, el 10 de septiembre de 2024, el SC había desestimado un conjunto similar de peticiones de revisión presentadas por el Grupo de Empresas Monal, el Restaurante Capital View Point (La Montana), Sunshine Heights (Pvt) Ltd y el General de Brigada (retirado) Falak Naz Bangash del Ministerio de Defensa.
Si bien rechazó las peticiones de revisión, el SC también declaró que Luqman Ali Afzal, del Grupo Monal, no era mejor que un intruso, diciendo que no tenía ningún derecho legal a seguir poseyendo la tierra en el MHNP.
Del mismo modo, la gestión de un restaurante por parte del propietario de La Montana y Gloria Jeans también incumplía totalmente las disposiciones de la Ordenanza sobre la Vida Silvestre de Islamabad.
A través de su sentencia de 2024, la SC había observado que los operadores de estos restaurantes, y quienes les permitieron operar, habían ignorado la integridad del parque nacional, devastado sus árboles y flora, y desplazado y perturbado la vida animal y de aves endémicas.
También afirmó que se había afectado el entorno natural del parque nacional, así como sus funciones, como actuar como zona de captación de lluvias y facilitar la recarga de manantiales y arroyos.
Un coste medioambiental astronómico también ha recaído sobre la población y seguirá recayendo sobre las generaciones futuras, advirtió el CS.
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