LAHORE: Se ha presentado una petición constitucional ante el Tribunal Superior de Lahore (LHC) buscando la puesta en funcionamiento inmediata de los tribunales constitucionales en virtud del artículo 202A de la Constitución. La petición, presentada por Azhar Siddique, presidente del Panel de Activismo Judicial, una asociación de litigios de interés público, nombra como demandados a la federación, a la Comisión de Derecho y Justicia de Pakistán y al Comité Nacional Judicial (de formulación de políticas) (NJPMC), entre otras autoridades federales y provinciales. El peticionario sostiene que, a pesar de la promulgación de la 26.ª Enmienda en 2024, aún no se han establecido salas constitucionales en los Tribunales Superiores de Lahore, Islamabad, Peshawar y Baluchistán. Hasta la fecha, sólo el Tribunal Superior de Sindh ha implementado sustancialmente el marco previsto en el artículo 202A. Según la petición, el artículo 202A utiliza un lenguaje obligatorio, estipulando que las salas constitucionales deben constituirse y que sólo estas salas especializadas pueden ejercer jurisdicción en virtud del artículo 199. El peticionario sostiene que la persistente falta de establecimiento de estos tribunales ha creado un sistema de justicia constitucional desigual y de “dos vías”. Si bien los litigantes en Sindh tienen acceso directo a tribunales constitucionales especializados, los litigantes en el resto de Pakistán aún deben hacer que sus casos constitucionales sean escuchados por tribunales ordinarios. Dada la falta de cualquier otro recurso efectivo o más rápido, el peticionario colocó al LHC bajo su jurisdicción constitucional extraordinaria en aras del interés público. La petición también cuestiona la práctica de larga data de la rama de presentación de casos del LHC que plantea objeciones preliminares, como la mantenibilidad, la jurisdicción, el locus standi y la disponibilidad de recursos alternativos, antes de que se escuche formalmente una petición. El peticionario sostiene que se trata de cuestiones exclusivamente judiciales que legalmente no pueden ser resueltas por el personal administrativo. Este control administrativo actúa como una barrera inconstitucional a la justicia, violando los artículos 4, 9, 10A y 25 de la Constitución. Los precedentes legales de Pakistán, India y el Reino Unido, junto con los principios internacionales sobre independencia judicial, dictan que la mantenibilidad siempre debe ser decidida por jueces y no por funcionarios del registro. Entre noviembre de 2025 y junio de 2026, el peticionario presentó 14 gestiones detalladas ante el presidente, el primer ministro, las autoridades provinciales y el NJPMC solicitando la implementación del artículo 202A y la presentación de reformas. Sin embargo, no se recibió ninguna respuesta razonada, salvo una única carta del NJPMC remitiendo una reclamación al Registrador del LHC. La petición pone de relieve una grave crisis en el poder judicial y señala que 76 de los 200 puestos de jueces de tribunales superiores sancionados en todo Pakistán siguen vacantes. Esta falta de personal supuestamente ha fomentado un control administrativo excesivo en lugar de una gestión judicial adecuada de los casos. La crisis es particularmente aguda en el LHC, que por sí solo enfrenta una acumulación de 198.005 casos pendientes, lo que representa aproximadamente el 56,8 por ciento de todos los litigios pendientes ante los tribunales superiores a nivel nacional. Se busca alivio El peticionario ha pedido al tribunal que ordene a los demandados que decidan las representaciones pendientes mediante órdenes de intervención detalladas y motivadas en un plazo de 30 días. Además, se insta al tribunal a declarar que las comunicaciones vagas o sin habla no satisfacen los requisitos constitucionales. Finalmente, la petición solicita al tribunal que ordene a los demandados que presenten informes de cumplimiento para garantizar la rápida implementación del Artículo 202A y la eliminación permanente de las barreras administrativas al litigio. Publicado en Amanecer, 5 de julio de 2026