LAHORE: Un magistrado judicial desestimó el jueves la petición de libertad bajo fianza posterior al arresto del presentador de podcasts Rehan Tariq en un caso registrado bajo las leyes de blasfemia y la Ley de Prevención de Delitos Electrónicos. La Agencia Nacional de Investigación de Delitos Cibernéticos (NCCIA) registró un primer informe informativo (FIR) contra el YouTuber el 25 de junio, luego de que realizara un podcast con un erudito religioso y discutiera temas sectarios muy sensibles y controvertidos, desatando polémica entre seguidores de diferentes sectas. La NCCIA arrestó al Youtuber en el aeropuerto internacional de Lahore a su llegada del extranjero. El martes, un magistrado lo puso en prisión preventiva. El abogado Mian Dawood argumentó ante el magistrado en nombre del peticionario, diciendo que la fiscalía no había presentado ninguna prueba que vinculara a su cliente con las supuestas subidas a las redes sociales. Sostuvo que realizar una entrevista y hacer preguntas sobre temas históricos o religiosos eran funciones periodísticas protegidas constitucionalmente. Señaló además que el primer informe informativo (FIR) no especificaba qué preguntas eran supuestamente objetables. El abogado afirmó que las opiniones obtenidas de destacados eruditos religiosos demostraban que las preguntas no equivalían a faltarle el respeto a ninguna personalidad islámica venerada. El abogado argumentó además que el peticionario tenía derecho a la libertad bajo fianza porque la fiscalía supuestamente no cumplió con los requisitos del artículo 196 (Enjuiciamiento por delitos contra el Estado) del Código de Procedimiento Penal (CrPC). Dijo que los delitos estaban comprendidos en la cláusula no prohibitiva, que la investigación había concluido, que no era necesaria ninguna recuperación adicional y que el caso merecía una mayor investigación. En su veredicto, el magistrado judicial Naeem Wattoo desestimó la petición de libertad bajo fianza, señalando que no se había presentado ningún caso de concesión extraordinaria de la libertad bajo fianza en el asunto. La NCCIA registró la FIR contra Tariq bajo la sección 11 (discurso de odio) de la Ley de Prevención de Electrónica de 2016, así como la sección 153-A (difundir el odio o promover la enemistad entre diferentes grupos), la sección 295-A (ultragar los sentimientos religiosos) y la sección 298 (pronunciar palabras o hacer gestos con la intención deliberada de herir los sentimientos religiosos) del Código Penal de Pakistán. A principios de este mes, el magistrado concedió a la NCCIA una prisión preventiva física de seis días para el presentador del podcast a petición del oficial investigador. En mayo, la NCCIA arrestó a 11 activistas de las redes sociales en diferentes ciudades de Punjab por supuestamente difundir “propaganda antiestatal e incitar al malestar” entre el público.