El gobierno federal definió reglas para autorizar, controlar y supervisar los servicios de seguridad privada en todo el país. El Decreto publicado este miércoles (10) en el Diario Oficial de la Unión regula la Ley de Seguridad Privada y define procedimientos específicos para el caso de las instituciones financieras, con mayor rigor en la actuación y supervisión del sector. El texto consolida las funciones de la Policía Federal como organismo responsable del seguimiento de las actividades del sector, incluyendo empresas, profesionales y sistemas de seguimiento electrónico. Noticias relacionadas: PF cierra más de mil empresas clandestinas de seguridad privada. Los PM de RJ son arrestados por brindar seguridad privada mientras están de servicio. Policía Federal combate empresas clandestinas de seguridad privada. Según el decreto, las empresas de seguridad privada sólo podrán operar previa autorización de la Policía Federal y deberán cumplir requisitos como prueba de capital, procedencia legal de los recursos, instalaciones adecuadas y seguros.  La norma detalla actividades consideradas de seguridad privada, tales como: vigilancia de activos; transporte y escolta de objetos de valor; seguridad personal; monitoreo electrónico; gestión de riesgos. Cada servicio requiere requisitos específicos, como un número mínimo de profesionales, vehículos estandarizados y equipos de seguridad. Desempeño profesional El decreto establece normas para la formación, registro y desempeño de los profesionales del sector, como guardias de seguridad, supervisores, gestores y operadores de sistemas electrónicos. Toda persona deberá realizar cursos específicos autorizados por la Policía Federal, con actualización periódica. Además, los profesionales deberán presentar certificados negativos de antecedentes penales para desempeñar el cargo, y el registro tendrá una vigencia de dos años. El uso de uniforme será obligatorio, con excepción de algunas funciones específicas, y no podrá confundirse con el de las fuerzas de seguridad pública. Instituciones financieras Las instituciones financieras ahora tienen requisitos más detallados para garantizar la seguridad de sus instalaciones. El decreto determina que las agencias de atención al público y de circulación de valores sólo podrán operar con un plan de seguridad previamente aprobado por la Policía Federal. Los requisitos mínimos incluyen la presencia de guardias armados, instalación de sistemas de alarma y monitoreo con cámaras, así como cajas fuertes con dispositivos de seguridad.  controlar  Las nuevas regulaciones definen reglas estrictas para la adquisición, uso, transporte y almacenamiento de armas, municiones, chalecos balísticos y otros equipos utilizados en la seguridad privada. La autorización de compras seguirá centralizada en la Policía Federal, con el requisito del origen legal de los productos y control sobre su destino. El decreto prevé sanciones por la prestación de servicios de seguridad privada sin autorización. Las multas oscilan entre R$ 1.000 y R$ 30.000, dependiendo de si el infractor es una persona física o jurídica. Además, los materiales utilizados en actividades clandestinas podrán ser incautados y destruidos.