Concejales elegidos tras revocación de mandatos de políticos en Rosana (SP) Reproducción Cuatro concejales ocupan ahora escaños en el Consejo Municipal de Rosana (SP) tras el reprocesamiento de los resultados de las elecciones de 2024, celebradas este martes (16). La medida se produjo tras la revocación de mandatos de tres parlamentarias por fraude en materia de cuota de género. El recuento fue determinado por el Tribunal Electoral Regional de São Paulo (TRE-SP), que reconoció irregularidades en las candidaturas de los partidos PRD y Solidariedade, además de la Federación PSDB/Cidadania. Con la decisión se recalcularon los votos de los partidos, cambiando la composición de la Legislatura municipal. 📲 Únase al canal g1 Presidente Prudente e Região en WhatsApp Vea los videos que son tendencia en g1 Según la TRE, los mandatos de Gislaine Queiroz Fonseca Vasconcelos y Marcelo Aguiar Cavalheiro, elegidos por la Federación PSDB/Cidadania, y Angelo Aparecido de Andrade, del PRD, fueron terminados. El partido Solidaridad no obtuvo ningún candidato electo. El reprocesamiento se realizó en el registro civil de la 330ª Zona Electoral de Teodoro Sampaio (SP), que consideró electos a los siguientes candidatos: Valdir Celso Rodrigues (MDB) José Adelson Guedes (Unión) Aher Yashima Bombonati (PSD) Nilson da Costa (Avante) Pasaron a ser suplentes: Ángelo Aparecido de Andrade (PRD) Kléber Antonio da Silva Dan (FE Brasil - PT/PC do B/PV) Gislaine Queiroz Fonseca Vasconcelos (PSDB/Ciudadanía) Marcelo Aguiar Cavalheiro (PSDB/Ciudadanía) La TRE informó, este miércoles (17), que los parlamentarios impugnados tendrán dos días para presentar recursos, según lo previsto en la legislación. Transcurrido el plazo, el Tribunal Electoral certificará a los electos y notificará al Ayuntamiento el nuevo resultado. Las medidas en materia de posesión son competencia del Ayuntamiento. Lo que dice la defensa A g1, la defensa de los concejales impugnados dijo que la retotalización de votos en Rosana se produjo porque, en el Tribunal Electoral, los recursos no tienen efecto suspensivo. En este caso, la decisión del TRE se hizo efectiva de inmediato, aún con un recurso de apelación pendiente ante el Tribunal Superior Electoral (TSE). Según la defensa, la acción fue interpuesta por un exconcejal vinculado a un grupo político opositor a la actual administración. En primera instancia, el juez electoral desestimó la solicitud por infundada y no reconoció fraude en la cuota de género, pero la decisión fue revocada por la TRE-SP. El abogado afirmó que no hubo fraude por parte de los concejales, ya que todos los candidatos interrogados tenían antiguas afiliaciones partidistas y participaron efectivamente en el proceso electoral. Sostuvo que la baja votación, en sí misma, no caracteriza una candidatura ficticia. La defensa también critica la exclusión de las mujeres elegidas para el ingreso de los hombres tras la retotalización y cita jurisprudencia que, según él, apunta a la necesidad de esperar una decisión definitiva del TSE. Los concejales revocados estaban a la espera de sentencia sobre un pedido cautelar en el TSE y creen que la decisión podría ser revertida, según el representante. TRE revoca mandatos de concejales por fraude de cuota de género en Rosana (SP) Reproducción/Ayuntamiento entender el caso Según la TRE-SP, las decisiones que involucran a concejales de los partidos Renovación Democrática y Solidaridad, además de la federación formada por el Partido Brasileño de la Social Democracia y Ciudadanía, fueron dictadas en una Acción de Investigación Judicial Electoral (Aije). El juicio terminó con un resultado de cuatro votos contra tres. Durante la sesión, la Corte ordenó la revocación de los mandatos de Gislaine Queiroz Fonseca Vasconcelos y Marcelo Aguiar Cavalheiro, elegidos por la federación formada por el Partido Social Democracia y Ciudadanía Brasileña, además de Angelo Aparecido de Andrade, del Partido Renovación Democrática. Solidariedade no eligió ningún candidato en las elecciones. Gislaine era la actual presidenta del Concejo Municipal de Rosana, mientras Angelo ocupaba el cargo de vicepresidente de la Cámara. Además de las revocaciones, el tribunal ordenó la revocación del Demostrativo de Regularidad de Actas Partidistas (Drap) y la anulación de todos los votos recibidos para el cargo de concejal por los partidos involucrados. Según el autor de la acción, los candidatos obtuvieron una votación insignificante y presentaron escaso o nulo movimiento de recursos, además de la ausencia de actos de campaña, lo que constituiría una violación del artículo 10, §3, de la Ley nº 9.504/1997. La mencionada legislación establece que, en las elecciones proporcionales, cada partido o coalición deberá cubrir un mínimo del 30% y un máximo del 70% de candidatos de cada sexo. Texto inicial del complemento Ver más noticias sobre g1 Presidente Prudente y Región VIDEOS: ver reportajes de TV TEM